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MAC Escuela de Conducción · Desde 1995

¿Qué moto puedo
conducir con el
carnet B?

Tienes el carnet de coche y te ha picado el gusanillo de la moto. La buena noticia: no hace falta empezar de cero. La ley te permite dar el primer paso con lo que ya tienes, aunque con algunas condiciones que conviene conocer bien.

Qué moto puedo conducir con el carnet B

En MAC Escuela de Conducción llevamos desde 1995 formando a conductores y motoristas de todos los niveles. Aquí te explicamos, con precisión, qué moto puedes conducir con el carnet B, qué requisitos exige la DGT y qué opciones tienes si más adelante quieres ir más allá de los 125cc. Si buscas información sobre el carnet, puedes consultar nuestra página del permiso B.

Normativa vigente — DGT
Requisitos para conducir una moto de 125cc con el carnet B

Con el carnet B puedes conducir motocicletas y ciclomotores de hasta 125 cc, siempre que cumplas estas condiciones:

  • Cilindrada máxima de 125 cc.
  • Potencia máxima de 11 kW.
  • Relación potencia/peso no superior a 0,1 kW/kg.
  • Antigüedad mínima del carnet B: 3 años.
  • Curso teórico-práctico obligatorio en un centro de formación autorizado.

Esta posibilidad es una excepción propia de la normativa española de tráfico, distinta de los límites de potencia del A1/A2 (fijados por la Directiva Europea 2006/126/CE). Sin completar el curso obligatorio, el carnet B por sí solo no habilita para circular con la moto.

Qué tipos de moto puedes conducir con el carnet B

El límite aplica tanto a motocicletas como a ciclomotores dentro de estos parámetros:

  • Motos naked de 125cc.
  • Scooters urbanos de 125cc.
  • Trail y deportivas de 125cc.
Diferencias entre el carnet B (con curso de 125cc) y el carnet A1

El carnet A1 permite conducir motocicletas de hasta 125 cc sin necesidad del curso adicional ni la antigüedad de 3 años que exige el carnet B. Si planeas seguir subiendo de cilindrada en el futuro, sacar el A1 puede ser la opción más práctica a medio plazo.

Requisito Carnet B + curso 125cc Carnet A1
Cilindrada máxima 125 cc 125 cc
Antigüedad mínima requerida 3 años No aplica
Curso adicional obligatorio No
¿Y si quieres ir más allá de una moto de 125cc?

El límite de 125 cc con el carnet B tiene sentido como primer contacto con la moto, pero si buscas más potencia o autonomía, los carnets A1 y A2 amplían tus opciones. En Autoescuela MAC preparamos ambos permisos en Cartagena, Murcia. Consulta toda la información sobre nuestros permisos A1 y A2, o lee también nuestro artículo sobre qué puedes conducir con el permiso A2 y cómo convertirte en mejor piloto.

Preguntas frecuentes sobre qué moto puedo conducir con el carnet B
¿Necesito hacer un examen para conducir una moto de 125cc con el carnet B?
No es un examen ante la DGT como tal, pero sí debes completar el curso teórico-práctico obligatorio en un centro autorizado antes de poder circular con la moto.
¿Cuánto tiempo debo tener el carnet B para poder conducir una moto de 125cc?
Al menos 3 años de antigüedad desde su expedición.
¿Puedo conducir una moto de 125cc con el carnet B recién sacado?
No. Aunque tengas el carnet B en regla, necesitas los 3 años de antigüedad mínima antes de poder acceder a este supuesto.
¿Qué tipo de moto puedo conducir con el carnet B?
Motocicletas y ciclomotores de hasta 125 cc, con un máximo de 11 kW de potencia y una relación potencia/peso de 0,1 kW/kg, cumpliendo los requisitos de antigüedad y curso obligatorio.
¿Qué diferencia hay entre el carnet B y el carnet A1 para motos?
Ambos permiten conducir motos de hasta 125 cc, pero el A1 no exige los 3 años de antigüedad ni el curso adicional que sí requiere el carnet B.
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